Ahora bien, de la revisión de los elementos probatorios, así como por todos los razonamientos de hecho y de derecho que anteceden, y por cuanto no quedo demostrada la Sustitución de Patrono, es forzoso para este Juzgador declarar, que no hay lugar a la Sustitución de Patrono alegada por la parte ejecutante en fase de Ejecución tal y como se desprende de los autos y ASI SE DECIDE.
CAPITULO IV
DE LA DISPOSITIVA DEL FALLO
Por los razonamientos anteriormente expuestos, este Juzgado Sexto de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Carabobo, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara
PRIMERO: CON LUGAR LA OPOSICIÓN a la practica de la Medida de Embargo Ejecutivo por parte de V & S INVERSIONES, C.A en su carácter de Tercero Opositor
SEGUNDO: SIN LUGAR la SUSTITUCIÒN DE PATRONO alegada por la apoderada Judicial de los demandantes.
No hay condenatoria en cos.....