PRIMERO: CONDENA al ciudadano NELSON GUSTAVO CAMACHO, titular de la cédula de identidad Nº V.-(...), por la comisión del delito de VIOLENCIA FISICA AGRAVADA previsto y sancionado en el artículo 42 Segundo aparte, de la Ley Orgánica Sobre el Derecho de la Mujer a una vida Libre de Violencia, en perjuicio de la ciudadana Edith Jackeline Bravo, titular de la cedula de identidad N° (...), a cumplir la pena UN (01) AÑO y CUATRO (04) MESES DE PRISION, con fecha aproximada de culminación 10 DE Marzo de 2017.
SEGUNDO: Se CONFIRMAN las medidas de protección y seguridad establecidas en los numerales: 5° y 6° del artículo 87 de la Ley especial de Género, referida a: 5° Prohibir al presunto agresor el acercamiento a la mujer agredida, en consecuencia no podrá acercarse al lugar de trabajo, de estudio y residencia de la mujer agredida, 6° La prohibición de ejercer por si mismo o a través de terceras personas actos de persecución, intimidación o acoso en contra de la víctima y de sus familiares de.....