este Tribunal Tercero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del estado Lara, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela, y por Autoridad de la Ley, DECLARA la INTERDICCION DEFINITIVA del ciudadano ANDRES IGNACIO SILVA BARRIOS, titular de la cédula de identidad Nº V-12.395.030, en consecuencia, se designa como TUTOR DEFINITIVO del referido ciudadano al ciudadano JOSE EDUARDO SILVA BARRIOS, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V-15.517.291., de este domicilio,