DISPOSITIVA
Con fundamento en lo anteriormente expuesto, este Juzgado Tercero en Funciones de Juicio del Circuito Judicial Penal del Estado Lara, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, emite los siguientes pronunciamientos: PRIMERO: CONDENA al ciudadano JULIO CÉSAR SÁNCHEZ HERNÁNDEZ, de nacionalidad venezolana, de 26 años de edad, nacido el 31/07/81 en Barquisimeto Estado Lara, titular de la cédula de identidad N° 15.306.546, desempleado, hijo de Julio César Sánchez y Lesbia María Hernández, residenciado en Cumbres del Manzano detrás del INAN, Barquisimeto Estado Lara, a cumplir la pena de SEIS (06) AÑOS DE PRISIÓN, por ser autor responsable del delito de ROBO IMPROPIO, previsto y sancionado en el artículo 456 del Código Penal, por hecho cometido en perjuicio de las ciudadanas BLANCA VIRGINIA MORALES CARABALLO y CLAUDIA ELENA TRUJILLO ZAVARCE, calculándose la pena correspondiente con fundamento en las normas sustantivas .....