Por lo antes expuesto, este Tribunal en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara sin lugar la solicitud de la Defensa de revisar la medida de Prisión Preventiva dictada contra el adolescente IDENTIDAD OMITIDA, en la causa que se le sigue por los delitos de Robo Agravado de Vehículo Automotor, previsto en los artículos 5 y 6 de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes. Notifíquese de lo conducente al Defensor Privado.