Se dictó SENTENCIA INTERLOCUTORIA mediante la cual no se aceptó la declinatoria de competencia por la materia, planteada por el Juzgado Superior en lo Civil y Contencioso Administrativo, con sede en la ciudad de Barquisimeto, estado Lara, para conocer el recurso de apelación interpuesto contra la sentencia dictada en fecha 28/03/2011, por el Juzgado Cuarto del Municipio Iribarren de la Circunscripción Judicial del estado Lara, en el juicio por resolución de contrato de arrendamiento, seguido por el ciudadano Jesús Enrique Pérez Barreto, contra la ciudadana Guillermina Uranga; se planteó el conflicto negativo de competencia, y se acordó remitir las presentes actuaciones a la Sala de Casación Civil del Tribunal Supremo de Justicia.