DISPOSITIVA
Por todas las razones expuestas, esta Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del Estado Lara, ADMINISTRANDO JUSTICIA, EN NOMBRE DE LA REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA, Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, dicta los siguientes pronunciamientos:
PRIMERO: DECLARA SIN LUGAR el Recurso de Apelación de Autos interpuesto por la Abg. Nelvys García García, en su carácter de Defensora Privada del ciudadano JONNY JESUS PERDONOMO CASTELLANOS, contra la decisión dictada en fecha 26/01/2015 y fundamentada en fecha 27/01/2015, por el Tribunal de Primera Instancia Estadal en Funciones de Control N° 2 de este Circuito Judicial Penal del Estado Lara, mediante el cual decretó Medida de Privación Judicial Preventiva de Libertad al referido procesado, por la presunta comisión del delito de HURTO DE VEHICULO, previsto y sancionado en los artículos 1 y 2 numeral 3 de la Ley Sobre el Hurto y Robo de Vehículo Automotor, y EXTORSION, previsto y sancionado en el art. 16 de la Ley Contra.....