Se dictó sentencia definitiva, mediante la cual este Tribunal declaró: 1) Con lugar la solicitud de divorcio; 2) Disuelto el vínculo matrimonial existente entre la actora y el demandado; 3) Que ejecutoriado el fallo, el vínculo conyugal quedará disuelto y por ende cesará la comunidad entre los cónyuges, y se procederá a liquidarla, por vía autónoma, en caso de haber adquirido bienes durante el matrimonio; 4) No homologó instituciones familiares, por ser mayor de edad el joven de autos