DECISION
En mérito de las consideraciones precedentemente expuestas, este juzgado Superior Primero Civil, Mercantil y Menores del Estado Lara administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley declara CON LUGAR la apelación interpuesta por la abogada PASTORA SEIVA AGUILAR con el carácter que tiene acreditado en autos, contra el auto dictado por el Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil Mercantil y Transito del Estado Lara de fecha 14/08/2007. En consecuencia se ordena la admisión de la reforma de demanda en el juicio de COBRO DE BOLIVARES VIA EJECUTIVA intentado por ANA CECILIA RODRIGUEZ MORENO contra la SUCESION del ciudadano FAROH RICHA IVAN JORGE., integrada por los ciudadanos LUZMILA VARGAS RAMOS, VIUDA DE FAROH, YVAN JORGE FAROH VARGAS, ALICE FAROH VARGAS, LESLIE FAROH VARGAS DE DELGADO, ELMER IVÁN FAROH VARGAS, RAFAEL ANTONIO FAROH VARGAS Y LUZMILA ELENA FAROH VARGAS, todos identificados en.....