este Tribunal Primero de Juicio del Circuito Judicial Penal del Estado Falcón, con sede en Santa Ana de Coro, Administrando Justicia en nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley RESUELVE: PRIMERO: SE DECLARA CON LUGAR LA DEMANDA por Indemnización de Daño Moral, incoada por los ciudadanos HERY NELSON PETIT DE POOL y PABLO CASTELLANOS CAÑIZALEZ, actuando con el carácter de Apoderados Judiciales del ciudadano JESUS MONTILLA APONTE, en contra del penado RODOLFO BARRAEZ SANCHEZ, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° 9.897.826, domiciliado en la ciudad de Punto Fijo (Maraven), Jurisdicción del Municipio Autónomo Carirubana del Estado Falcón, específicamente en la Avenida 6B, casa 853,. SEGUNDO: En consecuencia de lo anterior se CONDENA al demandado RODOLFO BARRAEZ SANCHEZ, al pago por indemnización de daño moral ocasionado al ciudadano Jesús Montilla Aponte, el cual fue estimado por este Tribunal en la cantidad de OCHOCIENTOS MIL BO.....