Por lo anteriormente expuesto, este Tribunal de Control Estadal Nº 10 del Circuito Judicial Penal del Estado Lara, Extensión Carora, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley: PRIMERO: RATIFICA LA AUTORIZACIÓN DE ORDEN DE APREHENSIÓN en contra del ciudadano ALIRIO GERARDO PEREIRA LOZADA titular de la Cédula de Identidad Nº 22.260.247, venezolano, natural de esta ciudad, de 29 años de Edad, nacido el 27-03-1985, soltero, de profesión u oficio ayudante de albañil, residenciado en la calle Padre Gutierrez, entre calles Fe y Alegría y callejón Fe y Alegría, Carora, Estado Lara, a quien se le investiga por la presunta comisión del delito de HOMICIDIO CALIFICADO, previsto y sancionado en el artículo 406 del Código Penal Vigente para el momento de los hechos, en perjuicio de la ciudadana quien en vida respondiera al nombre de IRAIMA DE LA CHIQUINQUIRA CAMACHO PIÑANGO, titular de la Cédula de Identidad Nº 12.450.065. SEGUNDO: Se orden.....