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Decisiones del dia 02/08/2005

Formato:  Ficha  Lista

Tribunal Cuarto de Protección del Niño y Adolescente
Paginas 1 [Total de sentencias: 7] Página 1 de 1
N° Expediente : C-28366 N° Sentencia : Fecha: 02/08/2005
Procedimiento:
Decreto De Separación De Cuerpos
Partes:
CIUDADANOS CHACON TRESTINI RICEL ARMANDO Y BAUDI GARCIA MARICARMEN
Resumen:
Cumplidos como han sido los requisitos exigidos por la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente, y con fundamento en el artículo 762 del Código de Procedimiento Civil en concordancia con el artículo 189 del Código Vigente, previa lectura acordada por Secretaría y hallada conformes por los manifestantes, éste Tribunal de Protección del Niño y del Adolescente de la Circunscripción Judicial del Estado Carabobo, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley DECLARA SEPARADOS LEGALMENTE DE CUERPOS, a los cónyuges anteriormente nombrados e identificados, bajo las condiciones mencionadas en el escrito.- Como se solicita expídanse las copias fotostáticas certificadas, se comisiona para su elaboración a la ciudadana Lorena Ortega, titular de la Cédula de Identidad Nº 16.052.672, todo de conformidad con lo establecido en el artículo 112 del Código de Procedimiento Civil.-
Juez/Ponente:
Carla Solyan Vásquez Borges
Organo:
Tribunal Cuarto de Protección del Niño y Adolescente
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N° Expediente : C-28763 N° Sentencia : Fecha: 02/08/2005
Procedimiento:
Homolog. Oblig. Alimentaria
Partes:
NIÑO(A)(S) Y/O ADOLESCENTE(S): ADRIAN ENRIQUE ZERLIN GUTIERREZ
Resumen:
SEGUNDO: Vista la manifestación de voluntad y aceptada por ambas partes, ya identificadas, donde expresan y aceptan la conciliación en los siguientes términos: El padre voluntariamente ofrece la cantidad de NOVENTA MIL BOLIVARES (90.000.00) quincenales, es decir CIENTO OCHENTA MIL BOLIVARES (180.000.00) Mensuales, este dinero será depositado en una cuenta de ahorro para tal fin, para la guardería le daré Treinta y Cinco Mil Bolívares quincenales para un total se Setenta Mil Bolívares Mensuales los gastos de guardería serán compartidos en partes iguales y en la cuota especial de fin de año de ropa y regalo serán compartidos por mi parte le comprare los estrenos. Se verifica que se encuentran cumplidos los requisitos de eficacia, validez y suficiencia de la conciliación, aunado al hecho que no es contraria al interés superior del niño, y por ende es procedente la homologación de la misma. Y así se declara y decide. Por virtud de las anteriores consid.....
Juez/Ponente:
Carla Solyan Vásquez Borges
Organo:
Tribunal Cuarto de Protección del Niño y Adolescente
arriba

N° Expediente : C-28763 N° Sentencia : Fecha: 02/08/2005
Procedimiento:
Homologación Régimen De Visitas
Partes:
NIÑO(A)(S) Y/O ADOLESCENTE(S): ADRIAN ENRIQUE ZERLIN GUTIERREZ
Resumen:
SEGUNDO: Vista la manifestación de voluntad y aceptada por ambas partes, ya identificadas, donde expresan y aceptan la conciliación en los siguientes términos: El padre voluntariamente ofrece la cantidad de NOVENTA MIL BOLIVARES (90.000.00) quincenales, es decir CIENTO OCHENTA MIL BOLIVARES (180.000.00) Mensuales, este dinero será depositado en una cuenta de ahorro para tal fin, para la guardería le daré Treinta y Cinco Mil Bolívares quincenales para un total se Setenta Mil Bolívares Mensuales los gastos de guardería serán compartidos en partes iguales y en la cuota especial de fin de año de ropa y regalo serán compartidos por mi parte le comprare los estrenos. Se verifica que se encuentran cumplidos los requisitos de eficacia, validez y suficiencia de la conciliación, aunado al hecho que no es contraria al interés superior del niño, y por ende es procedente la homologación de la misma. Y así se declara y decide. Por virtud de las anteriores consid.....
Juez/Ponente:
Carla Solyan Vásquez Borges
Organo:
Tribunal Cuarto de Protección del Niño y Adolescente
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N° Expediente : C-28764 N° Sentencia : Fecha: 02/08/2005
Procedimiento:
Homologación Régimen De Visitas
Partes:
NIÑO(A)(S) Y/O ADOLESCENTE(S): OSWALDO ENRIQUE HERRERA MEJIAS
Resumen:
SEGUNDO: Vista la manifestación de voluntad y aceptada por ambas partes, ya identificadas, donde expresan y aceptan la conciliación en los siguientes términos: El padre tendrá un régimen de visita abierto, en virtud de sus horas de trabajo ya que ocupa la mayor parte de sus horas del Apia por lo cual quedo abierto, pudiendo compartir con el los fines de semana o en horas de la mañana, tarde o noche. Se verifica que se encuentran cumplidos los requisitos de eficacia, validez y suficiencia de la conciliación, aunado al hecho que no es contraria al interés superior del niño, y por ende es procedente la homologación de la misma. Y así se declara y decide. Por virtud de las anteriores consideraciones, esta Sala de Protección del Niño y del Adolescente de la Circunscripción Judicial del Estado Carabobo, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, de conformidad con el Artículo 315 de la Ley Orgánica de Protección del Niñ.....
Juez/Ponente:
Carla Solyan Vásquez Borges
Organo:
Tribunal Cuarto de Protección del Niño y Adolescente
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N° Expediente : C-28760 N° Sentencia : Fecha: 02/08/2005
Procedimiento:
Homolog. Oblig. Alimentaria
Partes:
NIÑO(A)(S) Y/O ADOLESCENTE(S): VIRGEN DEL CARMEN SARABIA AKION
Resumen:
SEGUNDO: Vista la manifestación de voluntad y aceptada por ambas partes, ya identificadas, donde expresan y aceptan la conciliación en los siguientes términos: El padre voluntariamente ofrece la cantidad de CIEN MIL BOLIVARES (100.000.00) Mensuales a razón de VEINTICINCO MIL BOLIVARES (25.000.00) semanales, los cuales serán incrementados automáticamente cada seis meses teniendo en cuenta la inflación determinada por los índices del Banco Central de Venezuela. Igualmente me comprometo a cancelar todo lo relacionado con gastos médicos, uniformes y útiles escolares y estrenos decembrino, lo antes acordado será depositado en una cuenta de ahorro para tal fin.. Se verifica que se encuentran cumplidos los requisitos de eficacia, validez y suficiencia de la conciliación, aunado al hecho que no es contraria al interés superior del niño, y por ende es procedente la homologación de la misma. Y así se declara y decide. Por virtud de las anteriores consideraciones, esta Sala de Protec.....
Juez/Ponente:
Carla Solyan Vásquez Borges
Organo:
Tribunal Cuarto de Protección del Niño y Adolescente
arriba

N° Expediente : C-28761 N° Sentencia : Fecha: 02/08/2005
Procedimiento:
Homolog. Oblig. Alimentaria
Partes:
NIÑO(A)(S) Y/O ADOLESCENTE(S): CIRA MARIA Y GUILLERMO JOSE ORELLANA PEREZ
Resumen:
SEGUNDO: Vista la manifestación de voluntad y aceptada por ambas partes, ya identificadas, donde expresan y aceptan la conciliación en los siguientes términos: El padre voluntariamente ofrece la cantidad de OCHENTA MIL BOLIVARES (80.000.00) Mensuales, incrementándose dicho monto automáticamente cada seis meses teniendo en cuenta la tasa de inflación del Banco Central de Venezuela, igualmente cancelare en un 50% lo relacionado con gastos médicos, útiles escolares, estrenos y juguetes, lo antes acordado será depositado en una cuenta de ahorro para tal fin.. Se verifica que se encuentran cumplidos los requisitos de eficacia, validez y suficiencia de la conciliación, aunado al hecho que no es contraria al interés superior del niño, y por ende es procedente la homologación de la misma. Y así se declara y decide. Por virtud de las anteriores consideraciones, esta Sala de Protección del Niño y del Adolescente de la Circunscripción Judicial del Estado Carabobo, en nombre de la Repúbli.....
Juez/Ponente:
Carla Solyan Vásquez Borges
Organo:
Tribunal Cuarto de Protección del Niño y Adolescente
arriba

N° Expediente : C-28762 N° Sentencia : Fecha: 02/08/2005
Procedimiento:
Homolog. Oblig. Alimentaria
Partes:
NIÑO(A)(S) Y/O ADOLESCENTE(S): YEISON JOSE, JOSEPH GREGORI Y YOSELIN MARYURI BARRIOS GONZALEZ
Resumen:
SEGUNDO: Vista la manifestación de voluntad y aceptada por ambas partes, ya identificadas, donde expresan y aceptan la conciliación en los siguientes términos: El padre voluntariamente ofrece la cantidad de CIENTO CUARENTA MIL BOLIVARES (140.000.00) Mensuales, a razón de SETENTA MIL BOLIVARES (70.000.00) quincenales, incrementándose dicho monto automáticamente cada seis meses teniendo en cuenta la tasa de inflación del Banco Central de Venezuela, igualmente cancelare en un 50% lo relacionado con gastos médicos, útiles escolares, estrenos y juguetes. Se verifica que se encuentran cumplidos los requisitos de eficacia, validez y suficiencia de la conciliación, aunado al hecho que no es contraria al interés superior del niño, y por ende es procedente la homologación de la misma. Y así se declara y decide. Por virtud de las anteriores consideraciones, esta Sala de Protección del Niño y del Adolescente de la Circunscripción Judicial del Estado Carabobo, .....
Juez/Ponente:
Carla Solyan Vásquez Borges
Organo:
Tribunal Cuarto de Protección del Niño y Adolescente
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