Visto el presente asunto, se observa que ha quedado definitivamente firme la sentencia dictada en fecha 08 de Marzo del año 2.005 por el Tribunal Quinto de Control de éste Circuito Judicial Penal, mediante la cual condenó a los ciudadanos JUAN CARLOS OBANDO HERNANDEZ Y EMNMANUEL EDUARDO VILLALBA , quienes son Venezolanos mayores de edad, y titulares de la Cédula de Identidad N ° 14.290.986 18.214.939, respectivamente, a cumplir la pena de DOS (2) AÑOS DE PRISION, por la comisión del delito de POSESION ILICITA DE SUSTANCIAS ESTUPEFACIENTES Y PSICOTROPICAS. En consecuencia Ejecútese