Seguidamente el Tribunal, acuerda oficiar lo conducente al registrador subalterno correspondiente, libera a la depositaria judicial de la guarda custodia del inmueble, declara cumplida su misión constancia que durante el lapso que duro la practica de la medida no se causaron daños a persona alguna ni a bienes materiales, garantizando en todo momento los derechos y garantías de las personas, ordena se remitan las actuaciones a su tribunal de causa y que el mismo regrese a su sede siendo las 4:00 de la tarde