DISPOSITIVA
Con base a los considerandos que anteceden, este Juzgado de Primera Instancia en lo Penal, en Función de Control No. 1 del Circuito Judicial Penal del Estado Portuguesa con sede en Guanare, en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, dicta los siguientes pronunciamientos:
PRIMERO: Declara con lugar el petitorio de la representación fiscal de la aprehensión flagrante, y acuerda la aplicación del procedimiento ordinario de conforme a lo previsto en los artículos 248 y 373 del Código Orgánico Procesal Penal.
SEGUNDO: se declara sin lugar el petitorio de la defensa, en cuanto a que no se declare el hecho como flagrante.
TERCERO: Se acoge la calificación jurídica presentada por el Ministerio Público como Homicidio Intencional Frustrado en Grado de autoría, Previsto y Sancionado en los artículos 405 en concordancia con el 80 del Código Penal Vigente en perjuicio del ciudadano Javier Pimentel.
CUARTO: Decreta medida Judicial P.....