Se dictó SENTENCIA INTERLOCUTORIA CON FUERZA DE DEFINITIVA, mediante la cual se declaró SIN LUGAR EL RECURSO DE APELACIÓN interpuesto en fecha 02 de julio de 2007, por la abogada Lizbeth Barone Moleiro, apoderada judicial de la parte actora, contra la sentencia dictada en fecha 27 de junio de 2007, por el Juzgado Tercero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del estado Lara, en el juicio por desalojo, interpuesto por la ciudadana CARMEN IRENE AGUILAR RAMIREZ, contra la ciudadana IRMA MUZIOTTI, todos supra identificados. Se declaró INADMISIBLE la acción interpuesta. QUEDO ASI CONFIRMADO el fallo dictado en fecha 27 de junio de 2007, por el Juzgado Tercero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del estado Lara. No hay condenatoria en costas dada la naturaleza de la presente decisión.