DECISIÓN
Por los fundamentos antes expuestos este JUZGADO EN FUNCIONES QUINTO DE CONTROL DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO LARA, Administrando Justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, pasa a decidir en los siguientes términos: PRIMERO: Se remite copias certificadas del presente asunto a la Fiscalia Segunda en virtud del ARCHIVO FISCAL, a favor de los ciudadanos LUIS ALFREDO BARBOZA, JOSÉ REINALDO GONZALEZ GOYO, ALEXIS JOSE TORRES, JORGE ALBERTO DAZA GUEDEZ, y HERNANDEZ RINCONES ARMANDO JOSÉ, titulares de las cédulas de identidad Nros. 19.113.140, 21.053.484, 19.113.139, 20.099.790, y 18.300.5333, respectivamente. SEGUNDO: Se acuerda el cese inmediato de toda medida de coerción personal que pesaba sobre e los imputados respecto al presente asunto.
Publíquese la presente Decisión, notifíquese a las partes y remítase copias certificadas del presente Asunto a la aludida fiscalía en su debida oportunidad.-
JUEZ QUINTO DE CONTRO.....