Se decretó Titulo Suficiente de Propiedad a favor de las ciudadanas: Yurivi Coromoto Cedeño de Montaño y Mirian del Valle Diaz, todo conforme a lo establecido en los artículos 936 y 937 del Código de Procedimiento Civil, sobre una casa ubicada en la calle Principal del Sector Las Viviendas de Alto Amara Municipio Mariño del Estado Sucre, alinderada por el Norte: propiedad que es o fue de la Sucesión Montaño; Sur: propiedad que es o fue de Albino Hernández; Este: calle Las Viviendas de Alto Amara y Oeste: propiedad que es o fue de Lugenis Díaz.