En fecha 2 de agosto de 2017, este Juzgado de Sustanciación dictó decisión mediante la cual declaró COMPETENTE a la Corte Primera de lo Contencioso Administrativo para conocer de la presente demanda, ADMITIÓ la demanda de nulidad interpuesta, ORDENÓ la notificación de la FISCAL GENERAL DE LA REPÚBLICA, del SERVICIO NACIONAL INTEGRADO DE ADMINISTRACIÓN ADUANERA Y TRIBUTARIA (SENIAT), del MINISTRO DEL PODER POPULAR PARA LA ECONOMÍA Y FINANZAS y de la PROCURADURÍA GENERAL DE LA REPÚBLICA, INSTÓ a la parte demandante consigne las copias fotostáticas, ORDENÓ solicitar el expediente administrativo, ORDENÓ abrir cuaderno separado, ORDENÓ remitir el expediente judicial a la Corte Primera de lo Contencioso Administrativo, a fin que se fije la oportunidad para la celebración de la Audiencia de Juicio , una vez notificadas todas las partes.