PRIMERO: Se declara CON LUGAR la apelación interpuesta mediante diligencia de fecha 20 de enero de 2020 (f.147), por la actora, abogada MARÍA MILENA RIVAS ROJAS, actuando en su propio nombre y en representación de la abogada MARÍA ALESSANDRA PINTO RONDON, contra la sentencia definitiva dictada por el Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del estado Bolivariano de Mérida. SEGUNDO: Se declara PARCIALMENTE CON LUGAR el derecho que tiene los abogados ALBIO LUBIN MALDONADO RODRÍGUEZ, MARÍA ALESANDRA PINTO RONDÓN y MARÍA MILENA RIVAS ROJAS, a estimar e intimar sus honorarios profesionales derivados de las actuaciones descritas en la parte motiva del fallo; asimismo tiene derecho al cobro de sus honorarios profesionales por sus actuaciones judiciales como apoderados judiciales, que corresponde a la cantidad de VEINTISÉIS MIL OCHO BOLÍVARES CON CERO CÉNTIMOS (Bs. 26.008,00). Así se decide. TERCERO: Se ORDENA la indexación sobr.....