/Se dicto sentencia interlocutoria con fuerza de defintiva mediante la cual este Tribunal Cuarto de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas del Municipio Iribarren de la Circunscripción Judicial del estado Lara, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara: INADMISIBLE la solicitud de NOTIFICACION JUDICIAL DE DESALOJO VOLUNTARIO, presentada por el ciudadano ARMANDO JOSE STOLK MARTINEZ