DECISIÓN
POR LAS RAZONES ANTERIORMENTE EXPUESTAS, ESTE TRIBUNAL ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY DECRETA la cesación definitiva de las medidas de REGLAS DE CONDUCTA, conforme a lo previsto en el artículo 624 de la LOPNNA, por el lapso de UN (1) AÑO y LIBERTAD ASISTIDA conforme a lo previsto en el artículo 626 de la LOPNNA por el lapso de un (1) año ambas de cumplimiento simultaneo impuestas al adolescente RESERVADO , titular de la cédula de identidad Nº RESERVADO plenamente identificado supra; por la comisión del delito de POSESIÓN ILÍCITA DE SUSTANCIAS ESTUPEFACIENTES, de conformidad con lo establecido en el artículo 153 de la Ley Orgánica de Drogas y sancionado en la LOPNNA. En virtud de la extinción de la responsabilidad penal por fallecimiento del sancionado. Notifíquese a las partes. Regístrese y publíquese.
LA JUEZA DE EJECUCIÓN,
ABG.....