DISPOSITIVA
Por razones anteriormente expuestas, este Tribunal de Control Nº 11 del Circuito Judicial penal del Estado Lara, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley DECRETA LA PRIVACIÓN JUDICIAL PREVENTIVA DE LIBERTAD contra el ciudadano: EDIXON JOSE ALDAZORO MOSQUERA, Titular de la Cédula de Identidad Nº 25.144.709, en virtud de que se le atribuye la comisión del delito de: HOMICIDIO INTENCIONAL EN GRADO DE FRUSTRACION, previsto y sancionado en el articulo 405 en relación al 80 ambos del Código Penal, subsanándose de esta manera lo que por error involuntario se coloco en la audiencia de presentación con respecto a tentativa de homicidio, cuando la Fiscalia 8 lo que solicitó fue homicidio en grado de frustración, y POSESIÓN ILÍCITA DE ARMA DE FUEGO, previsto y sancionado en el articulo 111 de la Ley para el Desarme y Control de Armas y Municiones, y Medida Cautelar de Presentaciones cada 5 días en lo que resp.....