Por todo lo anteriormente expuesto este Tribunal Primero de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Sucre, Administrando Justicia en Nombre de la República y por Autoridad de la ley Decreta: la Libertad Sin Restricciones a favor de los ciudadanos SANTOS ABEL PEREIRA GALINDEZ; venezolano; de 29 años de edad; titular de la cédula de identidad N° V-14.051.317; de Oficio Funcionario Militar Sargento Primero del Ejército, hijo de Elímina Galíndez y Santos Pereira, residenciado en Tres Picos, Sector Los Olivos, casa N° 11, Cumaná, Estado Sucre; y WILFREDO ALEXANDER MILLÁN DÍAZ; venezolano; de 21 años de edad, titular de la cédula de identidad N° V-17.214.460, concubinato, hijo de Celgar Edgar Millán y Ana Teresa Díaz, residenciado en el Barrio Los Molinos, casa S/N, tercera calle, en la casa queda una bodega, Cumaná, Estado Sucre; todo ello de conformidad con el artículo 250 del Código Orgánico Procesal Penal, por la presunta comisión del delito de ROBO AGRAVADO previsto y sancionado .....