Por todos los razonamientos expuestos, esta Sala 2 de la Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal de la Circunscripción Judicial del Estado Carabobo, Administrando Justicia en nombre de la República y por autoridad de la Ley, emite los siguientes pronunciamientos: PRIMERO: Declara CON LUGAR el Recurso de Revisión de sentencia interpuesto por la Abogada ZENEIDA DEL VALLE COLINA, Defensora Público Vigésima Quinta, Adscrita al Sistema de la Defensa Pública del Estado Carabobo, en beneficio del penado JOSE GREGORIO PEREZ FLORES, titular de la cédula de identidad Nº 14.251.345. SEGUNDO: Modifica la pena que fuera impuesta a dicho ciudadano en sentencia condenatoria firme dictada en fecha 05 de Octubre de 2005, por el Tribunal Primero de Primera Instancia en lo Penal en Función de Juicio de la Circunscripción Judicial del Estado Carabobo, actualmente inserta en la causa N° GK01-P-2003-000170, llevada en el Tribunal Cuarto de Ejecución, por la comisión de los delitos de ROBO A.....