DISPOSITIVA
Por las razones anteriormente expuestas, éste Tribunal Administrando Justicia, en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley declara PARCIALMENTE CON LUGAR la demanda intentada por los ciudadanos: ADONIA ROSA VARGAS JIMENEZ, NOEMI VARGAS JIMENEZ, AROLDO ABIMALEC VARGAS JIMENEZ, RUTH VARGAS JIMENEZ, DAVID DE JESUS VARGAS JIMENEZ y YADDUL JOSUE VARGAS JIMENEZ, respectivamente, representados por la Abg. ROSA RONDON contra el ciudadano NICOLAS HERIBERTO GRILLO MARTINEZ, representado por la Abg Amenaira del Valle Marcano Escalante, todos plenamente identificados en autos. En consecuencia, SE CONDENA AL DEMANDADO A : ---------------------------------------------A) Entregar el inmueble ubicado en la calle 26 entre carreras 33 y 34, Nro. 33-75, de esta ciudad de Barquisimeto, libre de personas y cosas y en las mismas buenas condiciones en que lo recibió.-------------------------------------------------------------------.....