COMPETENTE para conocer la consulta de Ley prevista en el artículo 70 del Decreto con Fuerza de Ley Orgánica de la Procuraduría General de la República, dictada por el Juzgado Superior Quinto de lo Contencioso Administrativo de la Región Capital, en fecha 11 de julio de 2007, en el recurso contencioso administrativo funcionarial; REVOCA la sentencia dictada por el Juzgado a quo y, asimismo, declara PARCIALMENTE CON LUGAR el recurso interpuesto. SE ORDENA al Ente querellado le reconozca a la recurrente la antigüedad de acuerdo al tiempo de servicio prestado en el Ministerio de Educación Cultura y Deportes, por el tiempo señalado en el presente fallo; ORDENA el cálculo de la diferencia sobre fideicomiso conforme fue establecido en la parte motiva del presente fallo; ORDENA el cálculo de la diferencia sobre prestaciones sociales por el tiempo de servicio prestado por la querellante y, ORDENA el pago de los intereses moratorios conforme fue establecido en la parte motiva del presente fallo.....