Revisado como ha sido el presente expediente, y visto el Informe de Valoración Técnica del Inmueble consignado mediante diligencia suscrita por la ciudadana NANCY COROMOTO MEZA RIVAS, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V-8.006.910, abogada, inscrita en el IPSA bajo el Nº 50.099, actuando en nombre y representación de su hija, la adolescente SE OMITE NOMBRE ART. 65 LOPNNA, venezolana, titular de la cédula de identidad Nº V- 27.781.166, por notoriedad judicial observa quien decide, que en sentencia de Autorización Judicial para Venta de Inmueble (apartamento), proferida por este Tribunal en fecha 10/2/2016, se indicó como valor la cantidad de TREINTA Y OCHO MILLONES QUINIENTOS OCHO MIL CIENTO SESENTA BOLÍVARES CON CERO CENTÍMOS (38.508.160,00) , según consta en avaluó de fecha 2/12/2015, suscrito por el ING. VICTOR MANUEL PAREDES GONZALEZ, titular de la cédula de identidad Nº V-11.134.781, inscrito bajo el C.I.V Nº157.213, siendo el caso que debido al índice .....