este Juzgado Superior, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela, y por autoridad de la Ley, se declara:
INCOMPETENTE para conocer del recurso de nulidad interpuesto, por el abogado DANIEL ALEJANDRO JURADO LAURENTIN, titular de la cedula de identidad Nº V- 13.900.447 e inscrita en el instituto de previsión del abogado bajo Nro. 94.839, apoderada judicial de la empresa CLOVER INTERNACIONAL, C.A., con el objeto de interponer un recurso de nulidad, en contra el Instituto Nacional de Prevención, Salud y Seguridad Laborales (INPSASEL).
1. DECLINA la competencia ante los Juzgados Superiores del Trabajo del Circuito Judicial Laboral de la Circunscripción Judicial del Estado Carabobo.
2. ORDENA enviar a la Unidad de Recepción de Documentos del Circuito Judicial Laboral de la Circunscripción Judicial del Estado Carabobo.