Por todas las razones expuestas, este TRIBUNAL SEPTIMO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS VALENCIA, LIBERTADOR, LOS GUAYOS, NAGUANAGUA, Y SAN DIEGO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO CARABOBO, administrando justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, conforme a derecho declara:
1.PRIMERO: CON LUGAR la demanda de DIVORCIO (DESAFECTO) incoada por el abogado ALEXIS JOSE AGRAIS FERNÁNDEZ, inscrito en el instituto de previsión social del abogado bajo el Nro.319.742, en su carácter de apoderado Judicial de la ciudadana GENESIS JOSIBETH BRAVO MARTINEZ, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nro. 24.995.389, según consta en Poder Certificado en la embajada de la República Bolivariana de Venezuela ante el reino de Bélgica, en contra del ciudadano JONATHAND ISAAC CASADO LICEMBERG, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nro. V-21.456.344, y en consecuencia se declara DISUE.....