En atención y consideración a las razones ya expuestas, es por lo que este JUZGADO TERCERO DE LOS MUNICIPIOS LIBERTADOR Y SANTOS MARQUINA DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO MÉRIDA, administrando Justicia en nombre de la REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA y por autoridad de la Ley, DECLARA CON LUGAR LA DEMANDA, incoada por la sociedad mercantil "VIMECA, ADMINISTRADORA DE INMUEBLES E INVERSIONES S.R.L.", domiciliada en la Ciudad de Mérida, Estado, debidamente inscrita ante el Registro Mercantil Primero de la Circunscripción Judicial del Estado Mérida en fecha veintitrés (23) de noviembre de mil novecientos ochenta y cuatro (1984), bajo el número 24, tomo A-9, a través de su Director y Representante Legal ciudadano WILLIAMS JOSÉ RAMÍREZ GUZMÁN, venezolano, mayor de edad, comerciante, titular de la cédula de identidad número V 3.686.628, domiciliado en la Ciudad de Mérida, Estado Mérida y civilmente hábil, debidamente representada por las Abogadas en ejercicio LEIX TERESA LOBO y MI.....