En virtud de lo precedentemente expuesto, este TRIBUNAL SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA DE JUICIO DEL TRABAJO DE ESTA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO SUCRE, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara:
PRIMERO: HOMOLOGA la conciliación celebrada entre la ciudadana EVELIN ELENA CARVAJAL CORDOVA, titular de cedula de identidad N° V- 19.239.934 asistida por la abogada, ORLANY MAESTRE BETANCOURT, abogada inscrita en el I.P.S.A. bajo el N°. 107.349 y por la demandada HÉCTOR JOSÉ MÁRQUEZ BRUZUAL, abogado inscrito en el I.P.S.A bajo el N° 124.979, apoderado judicial de la sociedad mercantil SILQUI, C.A., en los mismos términos y condiciones en ella establecidos, pasándola en autoridad de cosa juzgada.
SEGUNDO: Se declarara TERMINADO el presente procedimiento .-
PUBLÍQUESE, REGÍSTRESE, DÉJESE COPIA DE LA PRESENTE DECISION.
Dado, firmado y sellado en la Sala de Despacho del Juzgado Segundo de Primera Instancia de Juicio del Trabajo.....