DECISIÓN:
Por todos los razonamientos precedentemente expuestos, este Juzgado Primero de Primera Instancia de Juicio del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Lara, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela, por la autoridad de la Constitución, la Ley y el Derecho, DECIDE:
PRIMERO: Se ADMITE el presente RECURSO DE NULIDAD DE ACTO ADMINISTRATIVO DE EFECTOS PARTICULARES.
SEGUNDO: Se SUSPENDE EL CURSO DE LA PRESENTE CAUSA hasta tanto conste en autos la certificación de reenganche y restitución de la situación jurídica infringida, a favor del ciudadano ARNOLDO RAMON MONTERO VASQUEZ., con ocasión de la Providencia administrativa N° 00315, de fecha 15 marzo de 2017, dictada por la Inspectoría del Trabajo "José Pio Tamayo", en el expediente N° 055-2015-01-02386. ASÍ SE DECIDE.
TERCERO: Se ORDENA a la Inspectoría del Trabajo sede Pedro Pascual Abarca del Estado Lara, remita a este Tribunal, una vez que se verifique, la referida certificaci.....