DISPOSITIVA
En mérito a las anteriores consideraciones, este Tribunal de Primera Instancia en Funciones de Ejecución de la Sección de Adolescentes del Circuito Judicial Penal del Estado Lara con sede en la Ciudad de Barquisimeto, Administrando Justicia, En Nombre de La República Bolivariana De Venezuela y por Autoridad de La Ley: Sustituye al adolescente IDENTIDAD OMITIDA, plenamente identificado, las medidas de Reglas de Conducta y Libertad Asistida impuestas, por la de PRIVACIÓN DE LIBERTAD, por el lapso de Un (01) mes y Dieciséis (16) días, la cual debe cumplir en el Centro Socio Educativo "Dr. Pablo Herrera Campins, El Manzano. En virtud de lo cual se decreta su vencimiento a la fecha trece (13) de Enero del año dos mil once (2011).