Por todos los razonamientos de hecho y de derecho antes expuestos, este Tribunal Segundo de Ejecución del Circuito Judicial Penal del estado Sucre, extensión Carúpano, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la ley Declara: Sin lugar la solicitud de Medida Humanitaria solicitada por la defensa, correspondiente al penado Jovanny José Hernández Gamboa, venezolano, natural de Carúpano, Estado Sucre, de 46 años de edad, estado civil: casado, titular de la cédula de identidad Nº V- 5.881.849, de oficio Obrero, nacido el 01-02-64, hijo de Lilia Hernández gamboa e Isidro Hernández Gamboa, domiciliado en el Sector El Pujo, Primera calle, Playa Grande, Parroquia Bolívar, Municipio Bermúdez, Estado Sucre. Se mantiene el sitio de reclusión, se acuerdan las copias solicitadas por las partes y se les insta a las mismas a proveer lo conducente para la reproducción de las mismas. En virtud que esta decisión fue dictada en audiencia oral en presenc.....