Por las razones antes expuestas, este Tribunal Superior Primero del Trabajo de la Circunscripción Judicial del estado Portuguesa, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, declara:
PRIMERO: PARCIALMENTE CON LUGAR el recurso de apelación interpuesto por el abogado RAMSES GÓMEZ, titular de la cédula de identidad Nro.- V-13.738.176, identificado con matricula de Inpreabogado bajo el Nro.- 91.010, en su condición de apoderado judicial de las partes codemandantes, ciudadanos MILKA ELIZABETH RODRIGUEZ PÉREZ y JOSÉ INMACULADO PEREIRA, contra la sentencia de fecha treinta de mayo de dos mil once (30/05/2011), dictada por el Juzgado Primero de Primera Instancia de Juicio del Trabajo de la Circunscripción Judicial del estado Portuguesa, sede Guanare; por las razones expuestas en la motiva.
SEGUNDO: SIN LUGAR el recurso de apelación interpuesto por el abogado ÁNGEL LÓPEZ ORAA, identificado con matricula de Inpreabogado bajo el Nr.....