IV
DECISIÓN
En mérito de las anteriores consideraciones este Juzgado Superior en lo Civil y Contencioso Administrativo de la Región Centro Occidental, con sede en Barquisimeto, Administrando Justicia, actuando en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela, y por Autoridad de la Ley declara:
PRIMERO: IMPROCEDENTE la solicitud de aclaratoria incoada por la ciudadana ROSA VIRGINIA SIERRALTA VARGAS, titular de la cédula de identidad Nº 16.001.705, inscrita en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el número 119.495, actuando en representación propia, presentó escrito mediante el cual solicitó aclaratoria de la sentencia dictada por este Tribunal en fecha 25 de junio de 2015.