Por las razones anteriormente expuestas, este Juzgado Tercero de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Carabobo, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara:
PRIMERO: INCOMPETENTE POR LA MATERIA, para conocer del presente juicio por cobro de Prestaciones Sociales incoado por los ciudadanos: LUIS ENRIQUE REYES PEREZ, FRANCIS EGLEE JIMENEZ, NORMA ELIZABETH REYES PEREZ Y AMELY FLORES; venezolanos, mayores de edad, titulares de la cédula de identidad Nros 7.054.405, 18.469.898, 7.111.580 y 15.087.048, respectivamente; contra la UNIDAD EDUCATIVA "DR JOSE MARIA GIL".
SEGUNDO: declina la competencia en razón de la materia para conocer del presente asunto en el Tribunal de Primera Instancia de Protección del Niño, Niña y del Adolescente de la Circunscripción Judicial del Estado Carabobo, con sede en Valencia.-