Por las razones antes expuestas este Juzgado Superior Primero en lo Civil, Mercantil, del Tránsito, del Trabajo, y de Menores de esta Circunscripción Judicial del Estado Carabobo, en nombre de la República y por autoridad de la Ley, DECLARA: PRIMERO.- CON LUGAR la apelación interpuesta el 27 de septiembre del 2004, por el abogado ANTONIO TRAVIESO AROCHA, en su carácter de apoderado judicial de la accionante, ciudadana LUZ MARINA LOVERA PIÑANGO, contra el auto dictado el 23 de septiembre del 2004, por el Juzgado Tercero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y Agrario de la Circunscripción Judicial del Estado Carabobo, con sede en esta ciudad, que negó la fijación de nueva oportunidad para la declaración de los testigos promovido.- SEGUNDO.- REPONE LA CAUSA al estado en que se fije nueva oportunidad para que declaren los testigos, ciudadanos ELIZABETH GARCIA ARAQUE, y MARGENIS LEAL ORTIZ, a los fines que continúe el lapso que restaba de evacuación, el cual comenzará a co.....