Por los razonamientos anteriormente expuestos, este Juzgado de los Municipios Benítez y Libertador, del Segundo Circuito de la Circunscripción Judicial del Estado Sucre, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, HOMOLOGA el acuerdo suscrito por las partes ante la Fiscalía Cuarta del Ministerio Público, de esta misma Circunscripción Judicial, con competencia en el Sistema de Protección del Niño, Adolescente, Civil y Familia, en consecuencia, el ciudadano LUIS ÁNGEL OLIVEROS HERNÁNDEZ, identificado ut supra, queda obligado a suministrar a su hija ADRIÁNGEL DEL VALLE OLIVEROS GONZÁLEZ, por concepto de OBLIGACIÓN ALIMENTARIA, un mercado de alimentos y ropa por un monto de cuarenta mil bolívares (Bs. 40.0000,oo) mensuales y Veinte mil bolívares (Bs. 20.000,oo) mensuales en efectivo, para un total de Sesenta mil bolívares (Bs. 60.000,oo) mensuales, cantidades éstas que deberán ser entregadas a la ciudadana ADRIANA DIOGRACIA GONZÁLEZ .....