este Tribunal de Primera Instancia en funciones de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Carabobo, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, considera satisfechas las exigencias contempladas en el artículo 318 ordinal 3° del Código Orgánico Procesal Penal, relacionado con el artículo 48 ejusdem, y en consecuencia DECRETA el SOBRESEIMIENTO por prescripción de la acción penal de la presente causa, a favor del ciudadano DURAN POLANCO MIGUEL ANGEL,Cédula de Identidad N° 15.977.486