DISPOSITIVA
Por las razones antes expuestas éste Tribunal Retasador, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, decide: PRIMERO: Se establece los honorarios profesionales a percibir por los abogados Rafael Bastidas, Luis Miguel Campins y Hermes Silva Castañeda, previamente identificados por sus actuaciones procésales como apoderados judiciales de los intimados ciudadanos Carlos Lugnani, Irían Alejandra Gutiérrez de Lugnani, y la sociedad mercantil Musclemania Gym, S.A., también previamente identificados a quienes en consecuencia se les Condena al pago de la suma de Catorce Mil Trescientos Sesenta Bolívares con cero céntimos (Bs. 14.360,00). }
SEGUNDO: No hay condenatoria en Costas por la naturaleza de lo decidido.
Publíquese, regístrese, déjese copia certificada y archívese el expediente.
Dada, firmada y sellada en la Sala de éste Juzgado, en Acarigua, a los tres (03) .....