este Juzgado Segundo de Ejecución del Primer Circuito Judicial Penal del Estado Sucre, con sede en Cumaná, administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, Acuerda ya ejecutada la pena, iniciar de oficio los trámites necesarios en caso de ser procedente el otorgamiento de la Suspensión Condicional de la Pena a penado: JUAN CARLOS BENITEZ GUZMAN, venezolano, natural de Cumaná, nacido en fecha 10/08/1976, de 29 años de edad, de estado civil soltero, de profesión u oficio Indefinido, Titular de la Cédula de Identidad N° V- 13.631.504, residenciado en la Urb. Brasil, sector uno, vereda 34, casa N° 02, de esta ciudad de Cumaná, Estado Sucre.