Este Tribunal HOMOLOGA dicho DESISTIMIENTO de conformidad con lo establecido en el articulo 263 del Código de Procedimiento Civil y acuerda tenerlo como sentencia pasada en autoridad de cosa juzgada. Igualmente, como se solicita se ordena la devolución de la cambial original que se encuentra resguardada en la Caja de Seguridad de este Tribunal, de la cual corre inserta copia fotostática certificada en autos. Se da por terminado el presente juicio y se ordena el archivo del Expediente.