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Decisiones del dia 03/03/2011

Formato:  Ficha  Lista

Paginas [-10] Ant 11 12 13 14 15 16 17 18 19 20 Sig [+10] [Total de sentencias: 251] Página 17 de 26
N° Expediente : KP02-M-2008-000542 N° Sentencia : 2957 Fecha: 03/03/2011
Procedimiento:
Perencion De Instancia
Partes:
MIGUEL ADOLFO CUBAS CONTRERAS/RORAIMA TRINIDAD PEREZ
Resumen:
ÚNICO Señala el procesalista RICARDO HENRÍQUEZ LA ROCHE en su obra Comentarios al Nuevo Código de Procedimiento Civil, página 218: "El interés procesal está llamado a operar como estímulo permanente del proceso. (...) La función pública del proceso exige que éste, una vez iniciado, se desenvuelva rápidamente hasta su meta natural que es la sentencia". Por su parte, GIUSSEPE CHIOVENDA, citado por CARLOS COLOMBO, en su obra Código Comercial y Civil de la Nación, indica que la inactividad procesal, libera a los órganos del Estado de las obligaciones que se derivan de la existencia de un juicio evitando que se mantenga por tiempo indefinido la incertidumbre que trae aparejada a las partes la iniciación de proceso. Revisada como ha sido la causa, se constata que desde el 24 de octubre de 2008 el actor no ha realizado ningún acto de impulso procesal por lo que la misma se encuentra paralizada, evidenciándose un total abandono de la causa y cumpliéndose en consecuencia con las previsiones.....
Juez/Ponente:
Patricia Lourdes Riofrio Peñaloza
Organo:
Juzgado Tercero del Municipio Iribarren
arriba

N° Expediente : KP02-M-2009-000352 N° Sentencia : 2961 Fecha: 03/03/2011
Procedimiento:
Perencion De Instancia
Partes:
KARLA BEATRIZ DOMINGUEZ/MARIA ELIZABETH SANCHEZ Y MARTÌN RAMÒN MENDEZ MEDINA
Resumen:
ÚNICO Señala el procesalista RICARDO HENRÍQUEZ LA ROCHE en su obra Comentarios al Nuevo Código de Procedimiento Civil, página 218: "El interés procesal está llamado a operar como estímulo permanente del proceso. (...) La función pública del proceso exige que éste, una vez iniciado, se desenvuelva rápidamente hasta su meta natural que es la sentencia". Por su parte, GIUSSEPE CHIOVENDA, citado por CARLOS COLOMBO, en su obra Código Comercial y Civil de la Nación, indica que la inactividad procesal, libera a los órganos del Estado de las obligaciones que se derivan de la existencia de un juicio evitando que se mantenga por tiempo indefinido la incertidumbre que trae aparejada a las partes la iniciación de proceso. Revisada como ha sido la causa, se constata que desde el 13 de octubre de 2009 el actor no ha realizado ningún acto de impulso procesal por lo que la misma se encuentra paralizada, evidenciándose un total abandono de la causa y cumpliéndose en consecuencia con las previsiones.....
Juez/Ponente:
Patricia Lourdes Riofrio Peñaloza
Organo:
Juzgado Tercero del Municipio Iribarren
arriba

N° Expediente : KP02-M-2009-000200 N° Sentencia : 2959 Fecha: 03/03/2011
Procedimiento:
Perencion De Instancia
Partes:
CUENTA CONMIGO A.C.,/MARLYN ANYET SULBARAN LASCANO
Resumen:
ÚNICO Señala el procesalista RICARDO HENRÍQUEZ LA ROCHE en su obra Comentarios al Nuevo Código de Procedimiento Civil, página 218: "El interés procesal está llamado a operar como estímulo permanente del proceso. (...) La función pública del proceso exige que éste, una vez iniciado, se desenvuelva rápidamente hasta su meta natural que es la sentencia". Por su parte, GIUSSEPE CHIOVENDA, citado por CARLOS COLOMBO, en su obra Código Comercial y Civil de la Nación, indica que la inactividad procesal, libera a los órganos del Estado de las obligaciones que se derivan de la existencia de un juicio evitando que se mantenga por tiempo indefinido la incertidumbre que trae aparejada a las partes la iniciación de proceso. Revisada como ha sido la causa, se constata que desde el 22 de abril de 2009 el actor no ha realizado ningún acto de impulso procesal por lo que la misma se encuentra paralizada, evidenciándose un total abandono de la causa y cumpliéndose en consecuencia con las previsiones l.....
Juez/Ponente:
Patricia Lourdes Riofrio Peñaloza
Organo:
Juzgado Tercero del Municipio Iribarren
arriba

N° Expediente : KP02-M-2009-000433 N° Sentencia : 9267 Fecha: 03/03/2011
Procedimiento:
Perencion De Instancia
Partes:
HENRY LOZADA ATAACHO/GUSTAVO ADOLFO MARTINEZ YEPEZ
Resumen:
ÚNICO Señala el procesalista RICARDO HENRÍQUEZ LA ROCHE en su obra Comentarios al Nuevo Código de Procedimiento Civil, página 218: "El interés procesal está llamado a operar como estímulo permanente del proceso. (...) La función pública del proceso exige que éste, una vez iniciado, se desenvuelva rápidamente hasta su meta natural que es la sentencia". Por su parte, GIUSSEPE CHIOVENDA, citado por CARLOS COLOMBO, en su obra Código Comercial y Civil de la Nación, indica que la inactividad procesal, libera a los órganos del Estado de las obligaciones que se derivan de la existencia de un juicio evitando que se mantenga por tiempo indefinido la incertidumbre que trae aparejada a las partes la iniciación de proceso. Revisada como ha sido la causa, se constata que desde el 31 de julio de 2009 el actor no ha realizado ningún acto de impulso procesal por lo que la misma se encuentra paralizada, evidenciándose un total abandono de la causa y cumpliéndose en consecuencia con las previsiones l.....
Juez/Ponente:
Patricia Lourdes Riofrio Peñaloza
Organo:
Juzgado Tercero del Municipio Iribarren
arriba

N° Expediente : KP02-M-2009-00429 N° Sentencia : 2966 Fecha: 03/03/2011
Procedimiento:
Perencion De Instancia
Partes:
RESGUARDO Y SEGURIDAD INDUSTRIAL C.A/RUTAS CONSTRUCCIONES, C.A
Resumen:
ÚNICO Señala el procesalista RICARDO HENRÍQUEZ LA ROCHE en su obra Comentarios al Nuevo Código de Procedimiento Civil, página 218: "El interés procesal está llamado a operar como estímulo permanente del proceso. (...) La función pública del proceso exige que éste, una vez iniciado, se desenvuelva rápidamente hasta su meta natural que es la sentencia". Por su parte, GIUSSEPE CHIOVENDA, citado por CARLOS COLOMBO, en su obra Código Comercial y Civil de la Nación, indica que la inactividad procesal, libera a los órganos del Estado de las obligaciones que se derivan de la existencia de un juicio evitando que se mantenga por tiempo indefinido la incertidumbre que trae aparejada a las partes la iniciación de proceso. Revisada como ha sido la causa, se constata que desde el 04 de agosto de 2009 el actor no ha realizado ningún acto de impulso procesal por lo que la misma se encuentra paralizada, evidenciándose un total abandono de la causa y cumpliéndose en consecuencia con las previsiones .....
Juez/Ponente:
Patricia Lourdes Riofrio Peñaloza
Organo:
Juzgado Tercero del Municipio Iribarren
arriba

N° Expediente : KP02-M-2009-000240 N° Sentencia : 2960 Fecha: 03/03/2011
Procedimiento:
Perencion De Instancia
Partes:
CESAR CHACON LOZADA/GUSTAVO ADOLFO MARTINEZ YEPEZ
Resumen:
ÚNICO Señala el procesalista RICARDO HENRÍQUEZ LA ROCHE en su obra Comentarios al Nuevo Código de Procedimiento Civil, página 218: "El interés procesal está llamado a operar como estímulo permanente del proceso. (...) La función pública del proceso exige que éste, una vez iniciado, se desenvuelva rápidamente hasta su meta natural que es la sentencia". Por su parte, GIUSSEPE CHIOVENDA, citado por CARLOS COLOMBO, en su obra Código Comercial y Civil de la Nación, indica que la inactividad procesal, libera a los órganos del Estado de las obligaciones que se derivan de la existencia de un juicio evitando que se mantenga por tiempo indefinido la incertidumbre que trae aparejada a las partes la iniciación de proceso. Revisada como ha sido la causa, se constata que desde el 07 de mayo de 2009 el actor no ha realizado ningún acto de impulso procesal por lo que la misma se encuentra paralizada, evidenciándose un total abandono de la causa y cumpliéndose en consecuencia con las previsiones le.....
Juez/Ponente:
Patricia Lourdes Riofrio Peñaloza
Organo:
Juzgado Tercero del Municipio Iribarren
arriba

N° Expediente : KP02-M-2009-000526 N° Sentencia : 2969 Fecha: 03/03/2011
Procedimiento:
Perencion De Instancia
Partes:
"MERCANTIL LA PAPAYA C.A"/JORGE DREKA
Resumen:
ÚNICO Señala el procesalista RICARDO HENRÍQUEZ LA ROCHE en su obra Comentarios al Nuevo Código de Procedimiento Civil, página 218: "El interés procesal está llamado a operar como estímulo permanente del proceso. (...) La función pública del proceso exige que éste, una vez iniciado, se desenvuelva rápidamente hasta su meta natural que es la sentencia". Por su parte, GIUSSEPE CHIOVENDA, citado por CARLOS COLOMBO, en su obra Código Comercial y Civil de la Nación, indica que la inactividad procesal, libera a los órganos del Estado de las obligaciones que se derivan de la existencia de un juicio evitando que se mantenga por tiempo indefinido la incertidumbre que trae aparejada a las partes la iniciación de proceso. Revisada como ha sido la causa, se constata que desde el 06 de octubre de 2009 el actor no ha realizado ningún acto de impulso procesal por lo que la misma se encuentra paralizada, evidenciándose un total abandono de la causa y cumpliéndose en consecuencia con las previsiones.....
Juez/Ponente:
Patricia Lourdes Riofrio Peñaloza
Organo:
Juzgado Tercero del Municipio Iribarren
arriba

N° Expediente : KP02-M-2009-000353 N° Sentencia : 2962 Fecha: 03/03/2011
Procedimiento:
Perencion De Instancia
Partes:
MIRIAN CAROLINA DOMINGUEZ A/MARÍA ELIZABETH SÁNCHEZ
Resumen:
ÚNICO Señala el procesalista RICARDO HENRÍQUEZ LA ROCHE en su obra Comentarios al Nuevo Código de Procedimiento Civil, página 218: "El interés procesal está llamado a operar como estímulo permanente del proceso. (...) La función pública del proceso exige que éste, una vez iniciado, se desenvuelva rápidamente hasta su meta natural que es la sentencia". Por su parte, GIUSSEPE CHIOVENDA, citado por CARLOS COLOMBO, en su obra Código Comercial y Civil de la Nación, indica que la inactividad procesal, libera a los órganos del Estado de las obligaciones que se derivan de la existencia de un juicio evitando que se mantenga por tiempo indefinido la incertidumbre que trae aparejada a las partes la iniciación de proceso. Revisada como ha sido la causa, se constata que desde el 03 de febrero de 2010 el actor no ha realizado ningún acto de impulso procesal por lo que la misma se encuentra paralizada, evidenciándose un total abandono de la causa y cumpliéndose en consecuencia con las previsiones.....
Juez/Ponente:
Patricia Lourdes Riofrio Peñaloza
Organo:
Juzgado Tercero del Municipio Iribarren
arriba

N° Expediente : KP02-M-2009-000106 N° Sentencia : 2958 Fecha: 03/03/2011
Procedimiento:
Perencion De Instancia
Partes:
CUENTA CONMIGO A.C.,/JOSE GREGORIO PRIMERA Y CARMEN ADRIANA ZERPA GUTIERREZ
Resumen:
ÚNICO Señala el procesalista RICARDO HENRÍQUEZ LA ROCHE en su obra Comentarios al Nuevo Código de Procedimiento Civil, página 218: "El interés procesal está llamado a operar como estímulo permanente del proceso. (...) La función pública del proceso exige que éste, una vez iniciado, se desenvuelva rápidamente hasta su meta natural que es la sentencia". Por su parte, GIUSSEPE CHIOVENDA, citado por CARLOS COLOMBO, en su obra Código Comercial y Civil de la Nación, indica que la inactividad procesal, libera a los órganos del Estado de las obligaciones que se derivan de la existencia de un juicio evitando que se mantenga por tiempo indefinido la incertidumbre que trae aparejada a las partes la iniciación de proceso. Revisada como ha sido la causa, se constata que desde el 01 de abril de 2009 el actor no ha realizado ningún acto de impulso procesal por lo que la misma se encuentra paralizada, evidenciándose un total abandono de la causa y cumpliéndose en consecuencia con las previsiones l.....
Juez/Ponente:
Patricia Lourdes Riofrio Peñaloza
Organo:
Juzgado Tercero del Municipio Iribarren
arriba

N° Expediente : KP02-M-2009-000482 N° Sentencia : 2968 Fecha: 03/03/2011
Procedimiento:
Perencion De Instancia
Partes:
INVERSIONES MOTORS AUTOS, C.A/SEGUROS NUEVO MUNDO, S.A
Resumen:
ÚNICO Señala el procesalista RICARDO HENRÍQUEZ LA ROCHE en su obra Comentarios al Nuevo Código de Procedimiento Civil, página 218: "El interés procesal está llamado a operar como estímulo permanente del proceso. (...) La función pública del proceso exige que éste, una vez iniciado, se desenvuelva rápidamente hasta su meta natural que es la sentencia". Por su parte, GIUSSEPE CHIOVENDA, citado por CARLOS COLOMBO, en su obra Código Comercial y Civil de la Nación, indica que la inactividad procesal, libera a los órganos del Estado de las obligaciones que se derivan de la existencia de un juicio evitando que se mantenga por tiempo indefinido la incertidumbre que trae aparejada a las partes la iniciación de proceso. Revisada como ha sido la causa, se constata que desde el 14 de agosto de 2009 el actor no ha realizado ningún acto de impulso procesal por lo que la misma se encuentra paralizada, evidenciándose un total abandono de la causa y cumpliéndose en consecuencia con las previsione.....
Juez/Ponente:
Patricia Lourdes Riofrio Peñaloza
Organo:
Juzgado Tercero del Municipio Iribarren
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