En virtud de las anteriores consideraciones, este Juzgado administrando Justicia en nombre de República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, con base en lo dispuesto en el artículo 585 del Código de Procedimiento Civil, se DESECHA LA TACHA, anunciada en fecha 10 de febrero de 2017 y formalizada en fecha 17 de febrero de 2017, por el ciudadano Ender Alexander Urriola, parte demandada en la presente causa.
Expídase por Secretaria copia certificada de la presente sentencia y archívese.
Regístrese y publíquese
Dada, sellada y firmada en la sala de Despacho del Juzgado Primero de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas del Municipio Torres de la Circunscripción Judicial del Estado Lara, en la ciudad de Carora a los tres (3) días del mes de marzo de 2.017. Años: 206º de la Independencia y 158º de la Federación.
La Jueza Provisoria,
Abg. LAURA BEATRIZ PÉREZ.
El Secretario Temp,
Abg. EILER JOSÉ PÉREZ.
En esta misma fecha se registró bajo el Nº 02/2017, de la.....