En nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, el Tribunal Primero de Juicio de la Circunscripción Judicial Penal del estado Falcón, declara ADMISIBLE, la acusación privada incoada por el ciudadano JESUS MONTILLA APONTE, Venezolano, mayor de edad y titular de la cédula de identidad V-8.132.283, asistido por sus apoderados HERY NELSON PETIT DE POOL y PABLO ENRIQUE CASTELLANO CAÑIZALES, en contra del ciudadano RODOLFO BARRAEZ SANCHEZ, Venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad V-9.897.826, por la comisión del delito de Difamación e Injuria, agravada y continuada, previstos en los artículo 442 y 444, del Código Penal, en relación con el artículo 99 de ese mismo cuerpo sustantivo, ello por llenar los requisitos de procedibilidad exigidos por los artículo 400 y 401 del Código Orgánico Procesal Penal.
Regístrese, déjese copia de la presente decisión, notifíquese al acusador privado y a sus apoderados, cítese al acusado mediante boleta a l.....