Este Tribunal Cuarto de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Carabobo, en vista de que la mediación ha sido positiva, de conformidad con lo previsto en el artículo 133 eiusdem, da por concluido el proceso y por cuanto el mismo no vulnera derechos irrenunciables del trabajador derivados de la relación de trabajo, ni normas de orden público, HOMOLOGA EL ACUERDO DE LAS PARTES, en los términos como las partes lo establecieron, dándole efectos de Cosa Juzgada y se exhorta a las partes a cumplir de buena fe los acuerdos contenidos en la presente acta. Queda entendido que la cosa juzgada derivada de la presente transacción abarca a todas las partes involucradas en el presente juicio. A requerimiento de las partes, se acuerda expedir tres (3) copias certificadas de la presenta acta.
LA JUEZ,
ABG. KYBELE KARELYA CHIRINOS MONTES
EL REPRESENTANTE DE "MULTISERVICIOS CABRERA"
EL ABOGADO ASISTENTE DE "MU.....