Se dictò decisiòn en la cual DECRETA LA EXTINCION DE LA PENA POR MUERTE, en la causa seguida en contra del ciudadano quien en vida respondiera a los siguientes datos de identificación: LUIS ALBERTO GRISELT DIAZ, titular de la cedula de Identidad N° V-11.157.352, fecha de nacimiento 20/08/1969, natural de Caracas, Distrito Capital, de estado civil soltero, de profesión u oficio: obrero, hijo de Aura Margarita Diaz (F) y Luis Alberto Griselt Sumoza (V); en razón de extinción de la acción penal por muerte del imputado, según lo dispuesto en el artículo 103 del Código Penal, en concordancia con el artículo 49 numeral 1º del Decreto con Rango, Valor y Fuerza de Ley del Código Orgánico Procesal Penal.