esta Corte de Apelaciones, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECLARA: INADMISIBLE EL RECURSO DE REVISIÓN ejercido en el expediente principal Nº IP11-P-2011-001910, por el Ministerio Penitenciario, a favor de la ciudadana, penada JENNY COROMOTO YRAUSQUIN NAVARRO, contra la sentencia dictada por el Juzgado Primero de Primera Instancia de Juicio de este Circuito Judicial Penal, Extensión Punto Fijo, que la condenó a cumplir la pena de de OCHO (08) AÑOS DIEZ (10) MESES Y VEINTE (20) DÍAS DE PRISIÓN, por la comisión del delito de Tráfico Ilícito de Sustancias Estupefacientes y Psicotrópicas en la modalidad de Ocultamiento, conforme a lo dispuesto en el artículo 375 del Código Orgánico Procesal Penal (2012), por cuanto la decisión recurrida se encuentra subsumida en uno de los supuestos legales establecidos por el legislador para la declaratoria de inadmisibilidad del recurso de revisión, conforme a lo previsto en el .....